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Contrato temporal: despido e indemnizaciones

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Características de un contrato temporal


Los contratos temporales tienen una duración determinada. Sabemos cuándo empezamos y cuándo vamos a finalizar la relación laboral, aproximadamente. Suelen utilizarse para cubrir las vacaciones de empleados fijos, por un aumento de la producción en determinadas épocas del año (navidad), incentivar el empleo de determinados colectivos (mayores de 52 años, víctimas de violencia  de género…). Lo que debemos tener claro es que un contrato temporal, salvo los de interinidad, no puede  alargarse de forma indefinida en el tiempo.

Su duración máxima, según la naturaleza del mismo es de: 

  • Contrato de obra: 3 años, ampliable hasta un máximo de 4 según convenio.
     
  • Contrato eventual: 6 meses, ampliable hasta un máximo de 1 año según convenio.
     
  • Contrato en prácticas: 2 años.
     
  • Contrato para la formación y el aprendizaje: 3 años.

Por norma general, los contratos temporales finalizan una vez se lleva a cabo el trabajo para elque se firmó el contrato o finaliza el tiempo estipulado en el mismo. De ser así, el trabajador tendría derecho a solicitar la prestación por desempleo y a recibir una indemnización de 12 días por año trabajado en caso de contar con un contrato de obra o eventual.

 

¿Y si me despiden antes de que finalice mi contrato?
 

Si el empresario quiere dar por finalizada la relación con el trabajador antes de lo que estipula su contrato, deberá hacerlo mediante el despido.
Deberá hacer entrega al trabajador de la carta de despido donde le indique las causas que han motivado su desvinculación de la empresa. Habra que diferenciar dos tipos de despido: 

Despido objetivo


Si el despido es objetivo se deberá entregar la carta de despido al menos 15 días antes de que el despido sea efectivo.   La  indemnización que se recibe por despido objetivo es de 20 días por año trabajado, si se ha trabajado menos de un    año se prorratea por meses.

Despido disciplinario


Si el despido es disciplinario, es decir, el trabajador es el culpable de su despido. No se necesita ningún tiempo de preaviso   y  no se cobrará indemnización alguna.

 

¿Qué hago si no estoy conforme con el despido?


  Como siempre, si el trabajador no está conforme con su despido, deberá solicitar la nulidad o improcedencia del mismo en   máximo de 20 días hábiles. 

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Fran 06-01-2021 00:27

Se equivocaron en el contrato y me dieron de alta hasta el 1/9/2021 en lugar del 9/1/2021... que solución habría?? Gracias.

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