Últimamente se está escuchando mucho hablar sobre los falsos autónomos y las inspecciones que se están llevando a cabo para acabar con ellos, pero ¿sabemos realmente que es ser un falso autónomo y en que nos afecta?
¿Qué tipo de relaciones laborales existen en España?
Existen tres tipos distintos de relaciones laborales:
- Ser trabajador autónomo
- Ser trabajador por cuenta ajena
- Ser trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE)
Un falso autónomo es un trabajador que en vez de trabajar con un contrato laboral corriente como lo haría cualquier trabajador por cuenta ajena, es obligado a darse de alta en el régimen de autónomos (con los gastos y derechos que ello conlleva) a pesar de que exista una relación de dependencia con la empresa y desempeñe su trabajo como si fuera un trabajador por cuenta ajena.
Criterios que diferencian un autónomo y un trabajador por cuenta ajena
El Tribunal Supremo estableció unos criterios que diferencian entre un autónomo y un trabajador por cuenta ajena:
VOLUNTARIEDAD: es lo que diferencia un acuerdo de un imperativo. Es lo que caracteriza la relación laboral
RETRIBUCIÓN: si el salario se encuentra definido por la empresa eres un trabajador por cuenta ajena.
DEPENDENCIA: si el empresario o empresa organizan la estructura del trabajo, el horario etc. Serás un trabajador por cuenta ajena.
AJENIDAD DE MEDIOS: si el material que utiliza el trabajador no es del trabajador, no eres autónomo.
En resumen, si es el empresario el que acuerda lo que se paga, da ordenes de dirección, abastece de medios y decide a qué precio y cuando se realizara la tarea, el trabajador es un trabajador por cuenta ajena y no puede obligarlo a darse de alta en el régimen general de autónomos.
¿Por qué interesa a las empresa que los trabajadores sean autónomos?
La principal causa de que las empresas obliguen a los trabajadores a ser autónomos radica en el ahorro de no tener que pagar la seguridad social de los trabajadores y los derechos del trabajador. Mientras que un trabajador por cuenta ajena tiene vacaciones retribuidas, derechos asociados a los convenios, pagas extraordinarias, indemnización por despido… un falso autónomo no tiene derecho a nada de eso, influyendo directamente en beneficios para la empresa.
Muchas personas aceptan esta situación impuesta por la empresa por miedo a no encontrar otro trabajo y otros por que piensan que es legal, pero afortunadamente obligar a un trabajador a ser autónomo despeñando funciones de un trabajador por cuenta ajena es una práctica ilegal.
Si te encuentras en la situación de haber sido obligado a darte de alta como trabajador autónomo y a desempeñar el trabajo como si de una relación laboral por cuenta ajena se tratara, se puede demandar judicialmente a la empresa para la que se trabaja para que reconozcan la existencia de la relación laboral y así tener todos los derechos que ello supone.
En el caso de que sea reconocida judicialmente la existencia de la relación laboral, la empresa estará obligada a abonar a la seguridad social las cuotas de los trabajadores que no ha ido pagando, regularizar la situación del trabajador, así como el sueldo que podría haberse dejado de percibir y si ha sido despedido podrá recibir la indemnización correspondiente.