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El complemento salarial de 430 € para jóvenes

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El pasado 4 de agosto entró en vigor el complemento salarial para jóvenes de 430 euros. Te contamos en qué consiste y cómo y quién puede solicitarlo.
 

¿En qué consiste el complemento salarial?

El complemento salarial de 430 euros surgió con la idea de abaratar la contratación, conseguir que jóvenes menos preparados puedan acceder a un primer empleo y que lo mantengan al menos durante un año.

De este modo, aquellos jóvenes que consigan un contrato de formación y aprendizaje con una duración mínima de un año recibirán 430 euros como ayuda directa del SEPE; y el resto de su salario irá a cargo de la empresa que los contrate. 

Dicha financiación proviene de los fondos europeos de Garantía Juvenil y de la Iniciativa de Empleo Joven. Su duración no podrá superar los 18 meses. trabajador
 

¿Quién puede solicitarlo?

Los requisitos para poder acceder a este complemento salarial son:

  • Ser menor de 30 años
  • Contar con una formación escolar muy básica: no podrán solicitarlo aquellos que tengan el título de Bachiller o equivalente, o el Certificado de Profesionalidad de nivel 2 o 3, por ejemplo. 
  • Tener un contrato de formación y aprendizaje con una duración mínima de un año.
  • Estar inscrito en el Programa de Garantía Juvenil.
  • Solo podrán solicitarlo aquellos que firmen un contrato a partir del 4 de agosto (fecha de entrada en vigor de la norma). 
  • El plazo para solicitarlo es de 15 días hábiles a contar a partir de la firma del contrato. Si se presenta fuera del plazo establecido se penalizará con pérdida de días de derecho. 


¿Dónde solicitarlo?

Una vez se firme el contrato de formación y aprendizaje, la solicitud debe hacer en las oficinas del Servicio Público Estatal. 

Os facilitamos los enlaces que el SEPE ha puesto en su web para facilitar la información y los formularios de solicitud:

Folleto del Contrato para la formación y el aprendizaje con ayuda de acompañamiento
Hoja informativa sobre la ayuda de acompañamiento 
Formulario para solicitar la ayuda económica de acompañamiento
Modelo oficial de contrato para la formación y el aprendizaje
 

Esperamos que el artículo haya sido de vuestro interés. Os recordamos que podéis leer más artículos similares en AMJ abogados
 

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