En el nuevo Plan Estatal de viviendas 2018-2021 se mantendrán las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos concedidas al amparo de planes estatales anteriores, estableciéndose nuevas subvenciones para la rehabilitación de edificios y la regeneración y renovación de zonas urbanas y rurales, para facilitar el acceso a la vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con dificultades económicas y para ayudar a quienes sean objeto de desahucio de su vivienda habitual así como para el fomento de la promoción o rehabilitación de edificios de viviendas destinadas al alquiler o a personas mayores en la modalidad de viviendas tuteladas.
Habrá nuevas subvenciones para ayudar a los jóvenes en su acceso a la vivienda, ya sea en alquiler o mediante adquisición, y a las personas mayores, ya sea también para el alquiler o para contribuir a los gastos de mantenimiento de sus viviendas, en los supuestos de personas con escasos recursos económicos.
La concesión de las nuevas ayudas se regirá por lo dispuesto en el futuro Real Decreto y en las disposiciones que puedan dictarse en su desarrollo o ejecución, así como por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento que la desarrolla, y en la normativa autonómica que, en cada caso, resulte de aplicación. Los convenios a suscribir para el desarrollo del Plan se ajustarán, en todo caso, a lo dispuesto en el título VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Programas del Plan
Los programas de ayudas contenidos en este Plan son:
1. Programa de subsidiación de préstamos convenidos.
2. Programa de ayuda al alquiler de vivienda.
3. Programa de ayuda a los desahuciados de su vivienda habitual.
4. Programa de fomento del parque de vivienda en alquiler.
5. Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
6. Programa de fomento de la conservación y mejora de la accesibilidad en viviendas.
7. Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural.
8. Programa de ayuda a los jóvenes.
9. Programa de viviendas para personas mayores
10. Programa de ayuda a personas mayores.
Actuaciones objeto de subsidiación
Resultarán subsidiables las actuaciones que se enmarquen en el programa de subsidiación de préstamos convenidos. 04/05/2017 2/41
Actuaciones objeto de subvención
Resultarán subvencionables las actuaciones que se enmarquen en alguno de los siguientes programas, siempre que cumplan los requisitos que se exigen para cada uno de ellos, y dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes:
∙ Programa de ayuda al alquiler de vivienda.
∙ Programa de ayuda a los desahuciados de su vivienda habitual que se encuentren en situación de vulnerabilidad
∙ Programa de fomento del parque de vivienda en alquiler.
∙ Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
∙ Programa de fomento de la conservación y mejora de la accesibilidad en viviendas.
∙ Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural.
∙ Programa de ayuda a los jóvenes.
∙ Programa de viviendas para personas mayores.
∙ Programa de ayuda a personas mayores.
En próximas publicaciones iremos desgranando las características de cada uno de los planes