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YouTube, el gran difusor de contenidos: Demandas y reclamaciones acaecidas en España

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YouTube, como muchos sabrán, es una plataforma que ganó su popularidad a principios del siglo XXI, gracias a las aportaciones que hacían sus usuarios a la red social. La viralidad de este contenido le granjeó una fama que atrajo enseguida la atención de la empresa cazatalentos más eficiente del planeta, Google.

Absorbida por la compañía de Mountain View, YouTube encaminó un sistema muy lucrativo de ingresos por publicidad, a la par que aumentaba el interés de la comunidad por la plataforma.
Al observar como YouTube se convertía en centro de difusión de modas virales, de tendencias y atraía a una variopinta audiencia, las empresas vieron claro que querían anunciarse ahí. Aquí es donde los YouTubers, es decir, aquellos usuarios que por hobby en un principio, publicaban en la red social, pasaron de una motivación meramente lúdica a empezar a recibir ingresos en conceptos de publicidad por la creación de contenido. De esta forma, en función de numerosos factores como visitas, visualización de anuncios, temporada del año, los usuarios que subían vídeos empezaban a recibir una retribución que acabó, por decirlo de alguna forma, profesionalizando a este colectivo.

Sin embargo, como sucede siempre que una plataforma atrae a creadores de contenido de todo tipo y a empresas de todo el globo, la red social no tardó en empezar a tener problemas legales, como la demanda que presentó Viacom contra Google.
Muchos usuarios, al no seguir las legislaciones vigentes en cada estado, compartían contenido protegido por derechos de autor, que provocaron toda una cascada de procedimientos judiciales en los diversos estados. Las empresas intentaron en diversas ocasiones demandar a YouTube como prestador de servicios, llevando a los tribunales a clarificar la función de esta plataforma.

El sonado caso YouTube España en los tribunales

Una de las compañías que consideró vulnerados sus derechos audiovisuales en España fue Mediapro. El grupo audiovisual, propietario entre otros medios de Telecinco, se hartó de ver a Youtube como un difusor de contenido de su titularidad, por el cual estaba recibiendo una retribución en publicidad que la compañía española no veía.
YouTube España, basó su defensa en la argumentación, tan difundida siempre por Google, de ser un mero servicio de intermediación como describe la Ley de Servicio de la Sociedad de la Información. Con respecto a esto os recomiendo ver el caso europeo contra Google por las famosas keywords “palabras clave” de búsqueda.
Mediapro no obstante consideraba que la plataforma de la compañía de Illinois, si participaba activamente en los vídeos, no sólo como intermediaria. De hecho su argumentación señalaba a YouTube como verdadero proveedor de servicios que usaba a los usuarios como excusa para ejercer una auténtica labor de editorial en su beneficio.
Finalmente, entre muchos argumentos, y la aceptación de que YouTube actuaba como un hosting web 2.0 donde permitía subir contenido a sus usuarios. Se desechó el argumentario de Mediapro por los siguientes motivos:

  • YouTube es imposible que controle la edición. Los millones de vídeos que se suben diariamente a la plataforma hacen descabellada esa argumentación.
  • La clasificación de los vídeos las realizan los usuarios. Las materias y categorías como vídeos destacados obedecen a parámetros de la comunidad y clasificaciones hechas por los usuarios.
  • Queda demostrado que YouTube no es un prestador de servicios, sino un servicio de intermediación según recoge la LSSI. Por tanto su labor se ciñe a la colaboración con entidades y usuarios en las reclamaciones de derechos.
  • Tampoco es responsable en su servicio de asistencia técnica como servicio de intermediación, por los mismos motivos esgrimidos.

Finalmente, se dejó claro que el protocolo puesto por YouTube para la protección de los derechos de propiedad intelectual es conforme a ley, y aunque farragoso, es el que debe de seguirse:

  1. Notificación a YouTube de incumplimiento por un usuario de los derechos de propiedad intelectual, para proceder a la remoción del vídeo.
  2. Examen de la reclamación y en caso de verdadera infracción, eliminación del vídeo.

Curiosamente como pasa en muchos procedimientos contra plataformas de diversa índole, (recordemos el caso Napster), posteriormente en el 2012 Mediapro llegó a un acuerdo con Google, por el cual a través del canal de YouTube LA LIGA, colgaría los vídeos de mejores jugadas y otros relacionados con la Liga de Fútbol Española.

YouTube es una gran plataforma con una cifra de negocios que va en crecimiento. Su influencia no sólo está asentada en el sector del entretenimiento, sino que se ha consolidado como la gran herramienta de la publicidad, usada por personajes de la vida pública y partidos políticos.

 

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