En nuestro Despacho, recientemente hemos llevado un cas, que queremos compartir con vosotros, y que le puede pasar a cualquiera: el cliente va en el coche de un amigo, de copiloto, entrando en una rotonda, nuestro cliente va mirando por la ventanilla en cualquier avenida de Valencia.
De repente, por una distracción del conductor -su amigo- o por la del vehículo blanco “que se les viene encima” sufren un accidente. El amigo de nuestro cliente rellena el parte de accidente como puede, entre un sinfín de vehículos que pasan a su lado, mirando con curiosidad. En realidad todos están perfectamente. No ha pasado nada. “Ya se encargarán las compañías de seguros”.
Tras cumplimentar el parte de siestro, el amigo de nuestro cliente avisa a su compañía de seguros, que parece hacerse cargo de los daños de su coche, que son poca cosa. Nuestro cliente, tras sufrir unos mareos al día siguiente, decide ir al médico de cabecera, quien le comunica que tiene “un latigazo cervical”; le duele el cuello, y hace sus sesiones de fisioterapia, que, además, le cuestan dinero. Se lo comunica a su amigo, y le dice que reclame. ¿A quién? Ahí entramos nosotros: De entrada, pactamos unos honorarios comprensibles, puesto que el ocupante del vehículo -nuestro cliente- no tiene por qué sufrir unas lesiones mientras iba de copiloto en el coche de su amigo y gastarse un dineral en “abogados”. Esos honorarios trataremos que los
recobre el cliente de la compañía de seguros del responsable del accidente, o, en su defecto, la del asegurado -y amigo-.
En éste caso ni la compañía del dueño del vehículo, ni la del “coche blanco”, se quisieron hacer cargo de las lesiones. Nuestro cliente tuvo que acudir a un médico de valoración del daño corporal, que nosotros le recomendamos, por ser “calidad-precio” muy asequible, tuvimos que presentar la demanda, hacer el juicio, y ganarlo. Eso sí, sin costas procesales. En este caso real, el culpable era su amigo, que hizo una maniobra, en la rotonda, imprudente, motivo por el cual, quien es responsable es la propia compañía de seguros de su amigo.
¿Cuánto se cobró de indemnización?
Lo que marcó en su informe el médico de valoración del daño corporal que le atendió.
¿Pudo recuperar los gastos de abogado y procurador?
En este caso él adelantó la cantidad y luego la recuperó de la compañía de seguros de su amigo.
¿Qué plazo tenía nuestro cliente para reclamar?
Un año desde el momento del accidente.