Muchas empresas han recibido mensajes de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) en relación al certificado de firma electrónico para persona jurídica que venían utilizando y que una vez transcurrido su periodo de validez ya no va a poder renovarse.
Dado su carácter gratuito, estos certificados venían teniendo una gran implantación ya que además era frecuente que los mismos se exportaran y se gestionasen por los asesores fiscales de las sociedades a fin de realizar sus trámites con la Agencia Tributaria de modo más ágil y sencillo.
El nuevo Reglamento europeo de firma electrónica
La entrada en vigor de determinados preceptos del REGLAMENTO EUROPEO DE FIRMA ELECTRÓNICA (REGLAMENTO (UE) Nº 910/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE) ha supuesto diferentes cambios en este sistema de trabajo ya que desaparecen estos certificados específicos para personas jurídicas.
El nuevo Reglamento Europeo lo que hace es actualizar el régimen de firma electrónica en la Unión Europea a dos niveles diferentes:
En primer lugar, se establece un marco único en todo el territorio de la Unión. Esta necesidad no estaba cubierta por la anterior normativa y nos encontrábamos con que una herramienta tecnológica pensada precisamente para las relaciones a distancia tenía que sujetarse a las fronteras de un Estado lo que limitaba enormemente sus posibilidades.
En segundo lugar se han creado nuevos servicios que responden a necesidades concretas de las empresas y las administraciones públicas y que alcanzan su máxima potencialidad cuando estos cumplen determinados requisitos técnicos que les otorgan su condición cualificada.
Es de desear que se mejoren las malas prácticas que vienen observándose de forma tradicional y muy generalizada entre las empresas consistentes en firmar manualmente contratos y otros documentos, a veces de enorme trascendencia, enviándolos luego por correo tradicional, sin que realmente se tenga una constancia de que la firma que aparece se corresponde con la de la persona que figura como firmante.
Se trata de una práctica basada en la buena fe, pero que puede dar lugar a más de una desagradable sorpresa si se repudia la firma que allí figura en caso de conflicto.
Los nuevos elementos de autenticación electrónica
Entre los nuevos servicios figuran los siguientes:
- SELLOS ELECTRÓNICOS
«Sello electrónico», son datos en formato electrónico anejos a otros datos en formato electrónico, o asociados de manera lógica con ellos, que se utilizan para garantizar el origen y la integridad de estos últimos.
Un sello electrónico cualificado disfrutará de la presunción de integridad de los datos y de la corrección del origen de los datos a los que el sello electrónico cualificado esté vinculado.
- SELLOS DE TIEMPO ELECTRÓNICOS
«Sello de tiempo electrónico», de especial interés para las empresas, son certificados con datos en formato electrónico que vinculan otros datos en formato electrónico con un instante concreto, aportando la prueba de que estos últimos datos existían en ese instante.
Los sellos cualificados de tiempo electrónicos disfrutarán de una presunción de exactitud de la fecha y hora que indican y de la integridad de los datos a los que la fecha y hora estén vinculadas.
- SERVICIO DE ENTREGA ELECTRÓNICA CERTIFICADA
«Servicio de entrega electrónica certificada», es un servicio que permite transmitir datos entre partes terceras por medios electrónicos y aporta pruebas relacionadas con la gestión de los datos transmitidos, incluida la prueba del envío y la recepción de los datos, y que protege los datos transmitidos frente a los riesgos de pérdida, robo, deterioro o alteración no autorizada.
Los datos enviados y recibidos mediante un servicio cualificado de entrega electrónica certificada disfrutarán de la presunción de la integridad de los datos, el envío de dichos datos por el remitente identificado, la recepción por el destinatario identificado y la exactitud de la fecha y hora de envío y recepción de los datos que indica el servicio cualificado de entrega electrónica certificada.
- AUTENTICACIÓN DE SITIOS WEB
La norma define la «autenticación», como un proceso electrónico que posibilita la identificación electrónica de una persona física o jurídica, o del origen y la integridad de datos en formato electrónico.